Asignación Familiar Ayuda Escolar Anual 2018: Se pagara hasta fin de Marzo

26/03/2018 - Actualizado: 15/01/2019

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Asignación Familiar Ayuda Escolar Anual 2018: Se pagara hasta fin de Marzo

El beneficio de la Ayuda Escolar Anual 2018 consta de 1.250 pesos y alcanzara a niños, adolescentes y personas con discapacidades que estén concurriendo a centros de enseñanza o capacitación.

Ayuda Escolar Anual 2018

Anses pagará hasta fin de marzo la Asignación Familiar por Ayuda Escolar

A lo largo del mes de marzo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se encarga de abonar la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual 2018 a un total de 6.473.886 niños, niñas y adolescentes, de los cuales 3.154.358 son hijos de trabajadores en relación de dependencia (que trabajan en blanco) y monotributistas; 2.686.240 de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH); 587.716 que están a cargo de jubilados y pensionados y 45.572 de beneficiarios de la Prestación por Desempleo.

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Este es un pago que para la Anses implica un desembolso de ocho mil millones de pesos en el mes de Marzo.

El monto general es de 1250 pesos por cada hijo y lo perciben aquellas familias con un ingreso grupal no supere los 94.786 pesos y el ingreso individual no sea mayor a los 47.393 pesos.

Este es un pago que se lleva a cabo a los titulares que tengan niños de 45 días de nacido a 18 años de edad que concurran a una institución educativa, ya sea nacional, provincial, municipal o privado (subvencionado o no) que esté debidamente incorporado a la enseñanza oficial y obligatoria, en el que se imparte la educación inicial, primaria o general básica, o educación secundaria o polimodal.

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Todos aquellos que no hayan recibido la prestación de manera automática tendrán que pedirla solicitarla en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), presentando el Formulario PS 2.68 – Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación.

A aquellas personas que tengan algún tipo de discapacidad también les corresponde el pago siempre y cuando vayan a instituciones en las que se le imparta enseñanza diferencial, talleres protegidos, instituciones de formación laboral donde asistan a los niños al desarrollo e inserción social; donde perciban la enseñanza por parte de maestros particulares que tengan matrícula habilitante o que vayan a instituciones públicos o privados que se encuentren bajo el control por la autoridad competente en los que se brinden servicios de rehabilitación.

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