Créditos ANSES en Cuarentena: No descontaran las CUOTAS

04/05/2020

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Créditos Anses: Beneficiarios no tendrán que pagar las cuotas hasta el 30 de junio

Como saben la Administración Nacional de la Seguridad Social da préstamos personales a sus beneficiarios, lo que muchos se preguntan es que pasa con los créditos Anses en cuarentena sobre todo, con lo que respecta a las cuotas de los mismos.

Créditos ANSES en Cuarentena

Quienes no pagaran las cuotas de los Créditos ANSES

Desde enero se suspendieron los pagos de las cuotas durante enero, febrero y marzo, pero ante este momento de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Gobierno Nacional suspendió el pago de las cuotas correspondientes a junio de los créditos que otorga este organismo previsional, a raíz de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

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Suspenden las cuotas de los Créditos Anses

Suspendieron las cuotas de los créditos Anses en cuarentena formalizadas mediante la resolución publicada en el Boletín Oficial, se trata del programa de préstamos personales. Estas cuotas se suspendieron también durante abril y mayo.

Según el texto oficial, se destallo lo siguiente: “Apruébese la suspensión del pago de las cuotas de los créditos vigentes para el mensual junio de 2020”.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aclaro que los intereses generados sobre el saldo deudor se van a aplicar una vez que se venza ese término, durante el cual los beneficiarios alcanzados por esta medida no podrán pedir el otorgamiento de nuevos créditos Anses en cuarentena o fuera de esta, y se precisó que “debiéndose adoptar los recaudos operativos necesarios para su implementación”.

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A su vez, el organismo previsional amplio el plazo de amortización en 24 meses que se agrega al termino original pactado en los créditos que han sido otorgados a partir del 26 de marzo hasta el 21 de abril de este año.

Esto es a efectos que la cuota que se debite de manera mensual de los haberes resulte igual o inferior a la que se ha determinado en las condiciones originales del contrato.

Por último, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aclaro que el titular de un crédito que considere que las nuevas condiciones contractuales no le resultan beneficiosas, tiene la facultad de pedir ante dicho organismo que se mantengan las condiciones pactadas inicialmente, debiendo notificar la voluntad de manera fehaciente.

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