Montos Créditos Mejor Hogar: ¿Quienes pueden y cuanto dinero se puede solicitar?

05/07/2019

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Créditos Mejor Hogar: ¿Cuál es el monto máximo que pueden se puede pedir?

Si bien en ningún lado constan los montos Créditos Mejor Hogar precisamente, esto se debe a que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se encarga de financiar el 50 por ciento de la compra de materiales para construcción para refaccionar, ampliar, mejorar o terminar casas. Hay topes máximos vigentes en este programa.

Montos Créditos Mejor Hogar

El dinero de los Prestamos Mejor Hogar, puede usarse para ampliar, terminar, refaccionar o mejorar una casa, no se podrá utilizar para otra cosa. Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) pueden gestionar el crédito por si mismos.

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Siguiendo en lo que nos compete sobre los montos Créditos Mejor Hogar, esto depende de la compra que haga el beneficiario, ya que la Anses solo financia el 50 por ciento del valor total. El programa crediticio Mejor Hogar Materiales, se encuentra abierto a inscripciones hasta el 28 de julio de este año.

Se les destinara a todos aquellos que sean jubilados y pensionados del SIPA y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). En el caso de los beneficiarios de la Seguridad Social, el crédito será completamente financiado por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Entre los objetivos principales de esta línea crediticia para beneficiarios de la Anses, se encuentra el destino del dinero, el cual podrá emplearse para la compra de materiales que sirvan para refaccionar, ampliar, mejorar o terminar sus casas. Accediendo a un descuento del cincuenta por ciento. Es importante saber que el tope de las bonificaciones es de 20 mil pesos.

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Además de informarles sobre los montos Créditos Mejor Hogar, también se les comunica que el primer paso para gestionar estos préstamos, es solicitar un turno en la web oficial de la Anses, que pueden hacerlo desde este link: https://tramitesweb.anses.gob.ar/js/turnos/#/turnos. En el caso de los jubilados o pensionados, el apoderado no podrá hacer la solicitud, únicamente el titular.

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