Nuevos montos a partir de Septiembre para las AAFF

30/08/2018

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Nuevos montos a partir de Septiembre para las AAFF

A través de la Resolución 125/2018 la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) determino los nuevos montos a partir de septiembre para las AAFF (Asignaciones Familiares) donde constan los nuevos topes e importes para estas prestaciones que regirán como dijimos en septiembre del corriente año.

Nuevos montos a partir de Septiembre para las AAFF

Se sabe que los montos recibirán en este, que es el tercer aumento anual, el 6, 68 por ciento de incremento, de acuerdo con lo determinado en la Ley 27. 160. La próxima actualización de los haberes de jubilaciones, pensiones y Asignaciones Familiares (AAFF) se efectuara en el mes de diciembre, siendo el cuarto y último aumento para el año 2018, se reiniciarían los aumentos trimestrales en Marzo de 2019.

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Estos son los nuevos montos a partir de septiembre para las AAFF (Asignaciones Familiares):

Asignación FamiliarRemuneración entre:GeneralZona 1Zona 2Zona 3Zona 4
Nacimiento3004 y 83911963   1963
Adopción3004 y 839111.758   11758
Matrimonio3004 y 83912941   2941
Prenatal3004 y 2612916841684363533663635
26129 y 3832211341499224829902990
38322 y 422446831350203027022702
42244 y 83917350690103513721372
Por Hijo3004 y 2612916841684363533663635
26 129 y 3832211341499224829902990
38 322 y 422446831350203027022702
42 244 y 83917350690103513721372
Por Hijo con Discapacidad0 y 261295491549182311097310973
26129 y 383223882529679401058310583
38322 -2449509976451019210192
Ayuda Escolar Anual3004 y 839114111882235528162816
Ayuda Escolar Anual

Por Hijo con Discapacidad

Sin Tope Salarial14111882235528162816

Teniendo en cuenta en lo establecido en el Decreto 1667/2012 que se publicó en el Boletín Oficial el día 13 de Septiembre de 2012, se tendrán que considerar como ingreso a todas aquellas:

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  • Remuneraciones de los trabajadores en relación de dependencia registrados, es decir, que trabajan en blanco.
  • Rentas de referencia para los trabajadores autónomos y monotributistas,
  • Sumas que se originen en las Prestaciones Contributivas y / o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las que se incluyen las siguientes:
    • Prestaciones por desempleo (Ley 24.013 y Ley 25.191).
    • Jubilaciones y pensiones (Ley 24.241).
    • Prestaciones por riesgos del trabajo (Ley 24.557).
    • Asignación por maternidad (Ley 24.714, Art. 11).

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