Suspensión y reactivación de la Prestación por Desempleo
03/05/2018
Suspensión y reactivación de la Prestación por Desempleo
Comenzaremos hablando de la suspensión, en el caso de que los trabajadores estén percibiendo la Prestación por Desempleo y comiencen a trabajar de nuevo en relación de dependencia, es decir, en blanco, tendrán que pedir que se les efectué la suspensión del cobro dentro de los 5 días hábiles de haber regresado a trabajar.
Este trámite de suspensión se lleva a cabo sin la necesidad de pedir un turno con anticipación a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Además puede efectuar el tramite otra persona llevando una nota del interesado escrita a mano por el titular en donde conste el nombre DNI (Documento Nacional de Identidad) de la persona que hará el trámite, la solicitud de suspensión y la forma del trabajador.
En el caso de la reactivación, esta es en caso del que trabajador haya pedido la suspensión porque empezó a trabajar en blanco nuevamente y que haya sido despedido de nuevo sin una causa justa, podrá pedir la solicitud de reactivación de la Prestación por Desempleo.
También debemos comentarles sobre las sanciones por cobro indebido, ya que los trabajadores que empiecen a trabajar de nuevo en relación de dependencia y no hayan pedido la suspensión dentro de los 5 días hábiles van a perder el derecho del cobro de la Prestación por Desempleo y van a ser multados con una suma de dinero dispuesta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Deja una respuesta
Buenas tardes. Te consulto. Prestacion por desempleo, en caso de volver a ingresar a trabajar de nuevo, tengo que pedir la suspension en anses durante los 5 dias habiles del comienzo del nuevo trabajo. Yo cobro el dia 29 de mayo la prestacion, si comenzara el 22 del corriente, perderé ese pago ??? solicitando la suspension de la prestacion.