Anses puede dar de baja la AUH?

23/08/2018

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Anses puede dar de baja la AUH?

Hace ya alrededor de seis años que la Administración Nacional de la Seguridad Social se encarga de abonar la Asignación por Hijo, pero así como la otorga, la Anses puede dar de baja la AUH.

dar de baja la AUH

Desde que se comenzó a implementar la Asignación universal por hijo (AUH) ha logrado incrementar en un 7, 2 por ciento la asistencia a clases y optimizar el rendimiento de los alumnos en las materias de lengua y matemática.

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La concurrencia al colegio es una de las obligaciones que se tienen que cumplimentar por parte de los beneficiarios de la Asignación universal por hijo (AUH) para poder recibir el beneficio, y en caso de que no se cumplimente, implica la suspensión del derecho al cobro de la misma.

Es por tal motivo que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se insiste de forma permanente en recordar realizar el cumplimiento de este requisito.

Todos y cada uno de los beneficiarios de esta ayuda social que no presenten el formulario PS 1,47 de Seguridad Social, Salud, Educación y Declaración Jurada en tiempo y forma como corresponde, la Anses puede dar de baja la AUH.

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Este es un formulario que también se lo denomina como Formulario Libreta, por medio del cual se acredita la concurrencia a la escuela de los hijos por los que se percibe el beneficio, se efectúa una vez al año, con fecha limite al día 31 de diciembre de cada año.

No obstante, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) suele brindar prorrogas, como por ejemplo lo que ocurrió este año, en la que se extendió la posibilidad de presentar la libreta anual que correspondía al año 2016 hasta el día 30 de junio de 2018, pero esto no siempre podrá ser así por lo que la Anses pide que este formulario se entregue cada año en tiempo y forma.

En caso de que no se presente el Formulario Libreta en tiempo y forma se procede a la suspensión del beneficio y además la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) no reintegra el 20 por ciento mensual que se acumuló de forma mensual.

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Recuerden que si tienen 2 o más hijos cubiertos por esta ayuda social, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) pide que se entregue un formulario PS 1,47 de Seguridad Social, Salud, Educación y Declaración Jurada por cada menor.

Una vez que la sección de educación y salud estén debidamente completadas, para presentarlo en la oficina de la Anses tendrán que solicitar un turno desde la línea 130; o desde la app para teléfonos Mi Anses; desde la página web oficial www.anses.gob.ar; o desde las terminales de autoconsultas que se encuentran en puntos estratégicos como hospitales, oficinas de Anses, bancos, entre otros.

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  1. Lucia dice:

    Me parece perfecto que lo saquen si no cumplen con lo que piden es una lastima por aquellas que si lo hacer anualmente como yo pero bueno los que hacen las cosas bien siempre pagan el plato roto de los que hacen todo mal

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